viernes, 11 de marzo de 2011

PRUEBA LIBRE DE BACHILLERATO


HASTA EL 19 DE MARZO OS PODÉIS MATRICULAR EN LAS PRUEBAS LIBRES DE BACHILLERATO. AQUÍ UN ENLACE AL BOE DONDE VIENEN LOS ANEXOS Y UN BREVE RESUMEN DE LO TAL VEZ OS SEA MÁS NECESARIO. PARA CUALQUIER DUDA ENVIAD UN CORREO A LA DIRECCION DE ARRIBA O MEJOR HACED UN COMENTARIO.

RESUMEN DEL BOE http://www.boe.es/boe/dias/2011/03/04/pdfs/BOE-A-2011-4097.pdf


Artículo 3. Requisitos para acceder a la prueba.

Podrán acceder a esta prueba las personas mayores de 20 años, o que cumplan esta edad en el año natural en el que se realiza la prueba, siempre que no estén cursando enseñanzas de bachillerato, ya sea de forma presencial o en la modalidad a distancia y a distancia virtual, y que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:

a) Ser residentes en Ceuta o Melilla;

b) Tener nacionalidad española y residir temporal o habitualmente en el extranjero;

c) Residir en el extranjero sin ser de nacionalidad española y haber cursado previamente estudios reglados españoles.

Artículo 4. Solicitudes y documentación.

1. Los aspirantes que cumplan los requisitos anteriores solicitarán la admisión a la prueba mediante el modelo establecido en el Anexo I, que entregarán en las Direcciones Provinciales de Ceuta o Melilla. En el caso de los aspirantes residentes en el exterior lo solicitarán en la Consejería de Educación de la correspondiente Embajada o en el Consulado de España. Estas instituciones se encargarán de revisar y verificar las solicitudes presentadas y de resolver las solicitudes de convalidación.

2. El modelo de solicitud también estará disponible en la página web de este Ministerio.

3. La solicitud deberá ser acompañada de la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido, que acredite suficientemente la identidad y la edad del aspirante,.......
b) En el caso de que se solicite convalidación de alguno de los ejercicios, se deberá hacer constar en la solicitud y se aportarán las correspondientes certificaciones académicas o fotocopia compulsada del Libro de Escolaridad y/o Historial Académico que lo acrediten.
c) Declaración jurada de no hallarse matriculado en enseñanzas oficiales de bachillerato (Anexo II).

4. A efectos de organización de la prueba, el aspirante indicará en la solicitud la lengua extranjera de la que se examinará, pudiendo elegir entre alemán, francés, inglés, italiano y portugués.

Artículo 5. Calendario.

1. Durante el año 2011, se celebrará una convocatoria para la realización de la prueba. Dicha convocatoria tendrá lugar el día 6 de mayo de 2011.

2. El plazo de matriculación será el comprendido entre los días 7 y 19 de marzo de 2011, ....

Artículo 8. Primer ejercicio.

El primer ejercicio será común para las diferentes modalidades y se estructurará en tres partes:

1.ª Análisis y comprensión de un texto en lengua castellana en la que se medirá:
a. La capacidad de análisis y síntesis del contenido del texto mediante la elaboración de un resumen y/o esquema del mismo.
b. La capacidad para realizar un comentario crítico sobre su contenido.
c. La idoneidad de las respuestas a cuestiones de lengua y literatura relacionadas con el mismo.


2.ª Prueba de idioma que constará de:
a. Análisis de un texto de un idioma extranjero, del lenguaje común, no especializado. A partir del texto propuesto el estudiante realizará un comentario personal y responderá a cuestiones relacionadas con dicho texto, que serán planteadas y respondidas por escrito en el mismo idioma, sin ayuda de diccionario ni de ningún otro material didáctico.
b. Audición de un texto oral de unos 4 ó 5 minutos de duración sobre el que el aspirante tendrá que contestar a las cuestiones propuestas. La grabación se escuchará tres veces.


3.ª Respuesta por escrito a una serie de cuestiones relativas a los contenidos de las materias de Ciencias para el mundo contemporáneo, Filosofía y ciudadanía, Historia de la Filosofía e Historia de España. Las cuestiones podrán plantearse a través del análisis de textos, tablas, gráficos, imágenes y otras fuentes similares de información.

Artículo 9. Segundo ejercicio.


El segundo ejercicio se estructurará en tres partes, dos sobre las materias establecidas por la presente resolución, según el Anexo III, y otra sobre una materia elegida aleatoriamente en el momento de realizar la prueba entre las especificadas en el citado Anexo. Para cada modalidad o vía habrá dos opciones, a elegir una por parte de los aspirantes.

Artículo 11. Convalidaciones.
1. Los aspirantes que tengan aprobadas, o convalidadas según la disposición adicional séptima del R.D. 1467/2007, de 2 de noviembre, todas las materias comunes, tendrán superado el primer ejercicio. En este caso la nota de dicho ejercicio será la media de las materias aprobadas.
2. Los aspirantes que tengan aprobadas, o convalidadas según la disposición adicional séptima del R.D. 1467/2007, de 2 de noviembre, seis materias de modalidad, de las cuales al menos cinco deberán ser de la modalidad o vía elegida, tendrán superado el segundo ejercicio. La nota del mismo será la media de las materias aprobadas.
3. Los aspirantes que finalicen las enseñanzas profesionales de música o danza, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19.2 de la Orden ESD 1729/2008, de 11 de junio, por la que se regula la ordenación y se establece el currículo de bachillerato, tendrán superado el segundo ejercicio. La nota del mismo será la media aritmética de las asignaturas de los cursos 5.º y 6.º de dichas enseñanzas en la correspondiente especialidad, redondeada a números enteros. En el caso del alumnado que acceda directamente a 6º curso de las enseñanzas profesionales de música o de danza, para el cálculo de la nota media serán consideradas las calificaciones de las asignaturas de dicho curso.

1 comentario:

  1. Conseguir el título de la escuela secundaria es fundamental en la actualidad. Hoy en día, la capacitación adquirida en la escuela media constituye el nivel mínima de conocimientos que requiere la mayor parte de la oferta laboral digna.

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